Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0855/2012-CA
Fecha: 15-Nov-2012
a)
a) Los recurrentes cumplieron con los requisitos establecidos por el art. 24.1 del CPCo al señalar los nombres y domicilios de quienes interponen el presente recurso, adjuntando fotocopia simple de sus cédulas de identidad (fs. 30 a 37), acreditando ser directos afectados con la resolución impugnada como comunarios del “Sindicato y Comunidad Agraria de Linku”.