Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0855/2012-CA
Fecha: 15-Nov-2012
Fragmento 8
Es menester hacer referencia que, los recurrentes estiman vulnerados sus derechos y principios al debido proceso, a la igualdad jurídica, a la legalidad y a la legitimidad; sin embargo, al respecto, cabe aclarar que en virtud a lo previsto por el art. 146.1 del CPCo, el recurso directo de nulidad; no procede contra, supuestas infracciones al debido proceso, por lo que no corresponde que el presente recurso sea analizado desde esa perspectiva; pero si en lo que refiere a la usurpación de funciones denunciada.