AUTO CONSTITUCIONAL 0876/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0876/2012-CA

Fecha: 29-Nov-2012

II.1.

Con carácter previo a ingresar a la verificación de los requisitos de procedencia exigidos para la presente acción, es menester considerar el Acuerdo Jurisdiccional 007/2012 de 10 de agosto de 2012, a través del cual el Tribunal Constitucional Plurinacional dispuso que las causas ingresadas ante Jueces y Tribunales de garantías o ante éste Tribunal a partir del 6 de agosto de igual año, deben ser conocidas, tramitadas y resueltas conforme el contenido normativo del Código Procesal Constitucional.