Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional: 0960/2012 de 22 de agosto
Fecha: 29-Nov-2012
III. CONCLUSIONES
Por las razones expuestas, la suscrita Magistrada considera que el razonamiento efectuadoen el análisis de la problemática planteada en la acción de amparo constitucional no fue el adecuado, motivo por el que planteo mi disidencia a la SCP 0960/2012 de 22 de agosto, considerando que debió concederse la tutela.
- Marisol Karina Jordán Sánchez
- I. ANTECENDENTES
- II.2. Análisis de la SCP 0960/2012
- a)
- art. 1538.I y II del Código Civil (CC), referidos a la publicidad que origina la inscripción en oficinas de DD.RR., dejando de lado el parágrafo III que dispone: “Los actos por los que se constituyen, transmiten, modifican los derechos reales sobre bienes inmuebles y en los cuales no se hubiesen llenado las formalidades de inscripción, surten efectos solo entre las partes contratantes con arreglo a las leyes, sin perjudicar a terceros interesados”
- III. CONCLUSIONES