SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2306/2012
Fecha: 16-Nov-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 23 de febrero de 2011, su hija, Yesenia Ovando Ortíz, ingresó al Hospital Universitario Japonés por lesiones en accidente de tránsito, habiendo hecho los galenos las gestiones necesarias para el restablecimiento de ésta; quien fue dada de alta el 1 de marzo del mismo año, indicándole de manera verbal que adeudaba la suma de Bs9 500.- (nueve mil quinientos bolivianos), por la atención realizada.
Alega que, desde la fecha que le dieron de alta a su hija, hasta la presentación del memorial de acción de libertad, se encontraba en una ilegal detención en el mencionado nosocomio por parte de las autoridades del Hospital Universitario Japonés, tomándose en cuenta que no se contemplan detenciones por deudas; siendo además que la prisión por deudas fue abolida hace mucho tiempo.