SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2352/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2352/2012

Fecha: 16-Nov-2012

Fragmento 13

         Al respecto la SC 0867/2011-R de 6 de junio, desarrolló lo siguiente: “Ahora bien, la jurisprudencia constitucional, determinó los alcances de la tutela al debido proceso a través de esta acción de defensa, es así que en la SC 0699/2010-R de 26 de julio, señalo que: ´(…) la protección que brinda el recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes (SSCC 1034/2000-R, 1380/2001-R, 0111/2002-R, 0940/2003-R, 1758/2003-R y 0219/2004-R).' En ese entendido, sólo podrá otorgarse la tutela cuando sea evidente que el derecho a la libertad fue restringido, suprimido o amenazado, o cuando se constate que la inobservancia al debido proceso es la causa directa para restringir, suprimir o amenazar dicho derecho´.