SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2401/2012
Fecha: 22-Nov-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 28 de junio de 2011, fueron “encañonados” por sujetos encapuchados, siendo aprehendidos por orden verbal del Fiscal; luego procedieron a encerrarlos en un contenedor que se encontraba en el garaje de propiedad de Juan Carlos Corpus Ramírez para luego ser trasladados junto a Ángela Villarroel Encinas a dependencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC); cuando ésta volvió a su domicilio encontró una orden de allanamiento, habiendo la Policía, ingresado por la pared, desapareciendo del lugar todos los documentos, dos movilidades y dinero en efectivo en la suma de $us14 900.- (catorce mil novecientos dólares estadounidenses); señala que fue a la policía donde la obligaron a declarar y no fue aprehendida debido a que es madre de una menor de edad; sin embargo, “la hicieron figurar como imputada” (sic).
Señalan que se vulneró el derecho al debido proceso, así como lo establecido en los arts. 183 y 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), ya que, no fueron notificados y no existe flagrancia en el delito que se les atribuye; asimismo, denuncian la vulneración de sus derechos a no sufrir violencia física, tratos crueles, degradantes y humillantes, a no ser detenidos por más de veinticuatro horas, aprehendidos o privados de su libertad y a ser informados.