SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2425/2012
Fecha: 22-Nov-2012
“improcedencia”
El Juez Segundo de Partido Mixto y de Sentencia de Sacaba, provincia Chapare del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 003/2011 de 9 de julio, cursante a fs. 40 y vta., declaró la “improcedencia” de la tutela solicitada, máxime si los hoy accionantes se encuentran libres conforme lo expresó el abogado defensor, en base a los siguientes fundamentos: i) En el caso presente, los accionantes denunciaron su detención ilegal e indebida; para lo cual, como prueba presentaron informes del INRA, por los que exponen que esta institución no ha emitido título alguno a nombre de María de la Gloria de Del Granado; y, órdenes de citación expedidos por Tatiana Magariños Toranzos de 8 de julio de 2011; ii) El abogado de los accionantes manifestó en audiencia que no es necesario poder ni mandato para representarlos; y que, los accionantes no asistieron a la audiencia debido a que hubo amedrentamiento; empero, existe legitimación activa; y, iii) No existe prueba de que los accionantes estén detenidos, extremos que imposibilitan tutelar la presente acción.