SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2444/2012
Fecha: 22-Nov-2012
denegó
El Juez Cuarto de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 9 de junio de 2011, cursante de fs. 33 vta. a 35, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) El accionante no acredita en ninguna forma los aspectos sostenidos en su demanda, que hagan posible entender adecuadamente la existencia de alguna lesión a los derechos protegidos por la acción de libertad; 2) No subsume los actos de las autoridades demandadas en alguna acción u omisión en perjuicio del representado del accionante; 3) No está acreditada la legitimación activa ni pasiva; 4) No existe prueba idónea que acredite la lesión de algún derecho, simplemente se acompaña un testimonio de poder y la acusación formal realizada por la Fiscal adjunta “Cinthia” Prado Quiroga de 9 de febrero de 2006; 5) La reparación por esta vía constitucional debe ser inmediata; sin embargo, el caso de autos data del 2006; 6) Cualquier lesión causada por una acusación formal deberá ser reparada por las autoridades ordinarias competentes; 7) Del expediente remitido por el Juzgado Primero de Partido en lo Civil y Comercial se tiene que existe un proceso ordinario con resolución y con mandamiento de desapoderamiento, por lo que, por esta vía constitucional, no es factible su valoración. Asimismo, se recibió el expediente del Tribunal Primero de Sentencia Penal, cuyo último acto refiere medidas cautelares, por lo que no pueden ser modificadas debiendo ser conocidas por los tribunales ordinarios; y, 8) Existen vías ordinarias y extraordinarias que el accionante debe utilizar con idoneidad y de acuerdo al ordenamiento legal vigente.
- acción de libertad
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- ;
- III.2
- III.2.1. De la identidad parcial de sujetos pasivos
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR