SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2480/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2480/2012

Fecha: 28-Nov-2012

II.2.

II.2.  El 24 de agosto de 2012, la accionante solicitó la extinción de la acción por vencimiento del plazo máximo, mereciendo el decreto de 27 de agosto de 2012, que ordenó el traslado al Ministerio Público y a la parte civil o víctima, memorial y decreto con los que se notificó al Ministerio Público el 11 de septiembre del citado año a horas 17:15 y a los querellantes el 12 del mismo mes y año a horas 10:15 “tal como consta en fs. 1.645 y fs. 1.646 del cuaderno procesal” (sic). Que el 25 de septiembre de 2012, Carmela Alanoca Quispe reiteró su petición de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo del proceso, mereciendo el decreto de 26 del citado mes y año determinando que con carácter previo informe el Secretario si los sujetos procesales fueron notificados con la excepción planteada (conforme refiere el Juez de garantías en la Resolución 02/12 a fs. 221 vta.).