AUTO CONSTITUCIONAL 0917/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0917/2012-CA

Fecha: 21-Dic-2012

ANULAR LA RESOLUCIÓN SUPREMA 191173 DE 1 DE AGOSTO DE 1979, SU TÍTULO EJECUTORIAL Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE DERECHOS REALES

Menciona que, en cumplimiento del mencionado Auto Supremo, se emitió Auto de Vista 266/2007 de 30 de julio, en cuyo Considerando IV.2), otorgó valor legal a la Resolución Suprema 218301 de 12 de marzo de 1998, la cual dispuso “ANULAR LA RESOLUCIÓN SUPREMA 191173 DE 1 DE AGOSTO DE 1979, SU TÍTULO EJECUTORIAL Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE DERECHOS REALES”(sic), declarando inexistente el derecho propietario del esposo de la accionante por haberse procedido al saneamiento de propiedad agraria en un área urbana sin contar con jurisdicción y competencia según la Ley 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria de 18 de octubre de 1996, -a criterio de la accionante- la cual sólo se realiza en propiedades rurales, lesionando sus derechos a la propiedad, a la defensa y al debido proceso, confirmando de esta manera la Sentencia 433/2003, proceso que a la fecha se encuentra en recurso de casación.

Finaliza argumentando que, la Resolución Suprema 218301, fue dictada cuando la superficie dotada y de propiedad de la accionante dejó de ser tierra rustica al haber sido incorporada al radio urbano del municipio de la ciudad de La Paz, según las Leyes 453 de 27 de diciembre de 1968 y 1669 de 31 de octubre de 1995, sobre la cual no podía el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) (art. 3 y 64 de la Ley 1715), proceder al saneamiento de un predio urbano; de igual modo la Resolución Suprema objetada, al anular la inscripción del inmueble de la accionante en Derechos Reales, contravino lo dispuesto en los arts. 32, 33, 34 y Capítulo 5 de la Ley de Inscripción de Derechos Reales de 15 de noviembre de 1887 y 28 del Decreto Reglamentario de la Inscripción de Derechos Reales de 5 de diciembre de 1888, los que establecen las causales que determinan que el derecho propietario no pertenece a un titular o la forma de inscripción de cualquier acto que modifique una inscripción.