AUTO CONSTITUCIONAL 0917/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0917/2012-CA

Fecha: 21-Dic-2012

La acción de Inconstitucionalidad de carácter concreto, que procederá en el marco de un proceso judicial

A su vez, el art. 73.2 del CPCo, señala: “La acción de Inconstitucionalidad de carácter concreto, que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas fueron añadidas).