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    AUTO CONSTITUCIONAL 0920/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0920/2012-CA

    Fecha: 21-Dic-2012

    Fragmento 3

    Habiendo acusación formal, el fiscal comunicará la suspensión al órgano deliberativo de la entidad territorial autónoma respectiva, el cual dispondrá, de manera sumaria y sin mayor trámite, la suspensión temporal de la autoridad acusada designando, al mismo tiempo y en la misma resolución, a quien la reemplazará temporalmente durante su juicio…“ (sic).

    • Fiscal de Materia
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • Fragmento 3
    • 1.
    • rechazó
    • II.2.  Atribuciones de la Comisión de Admisión
    • II.3.  Naturaleza jurídica de la acción de inconstitucionalidad concreta
    • II.5. Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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