SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2616/2012
Fecha: 21-Dic-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal cautelar del Distrito Judicial -ahora departamento- de Oruro se inició proceso penal en contra de su hijo menor de edad AA, por la presunta comisión del delito de asesinato, por éste hecho se lo imputó y se dispuso su detención preventiva en el “Albergue Mi Casa” de la ciudad de Oruro; en audiencia de cesación de detención preventiva celebrada ante autoridad jurisdiccional se rechazó la cesación pese haber presentado documentación que acredita la constitución de domicilio y ocupación; empero, sin realizar una valoración integral de los elementos de convicción se negó la libertad aduciendo que existiría incongruencias en la constitución del domicilio y la ocupación de estudiante con el trabajo a futuro, determinación que fue objeto de apelación ante la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Oruro que mereció Auto de Vista de 11 de junio de 2011, declararon improcedente el recurso de apelación interpuesto por AA, por medio de su representante Martha Hinojosa Morales.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- DENEGÓ,
- I.3. Consideraciones de sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.10.
- II.14.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcance de la acción de libertad
- III.2. Sobre la fundamentación de las resoluciones de medidas cautelares
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR