AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2012-CA

Fecha: 22-Feb-2012

a)

Corrido en traslado el incidente, Efraín Vargas Balderrama, mediante memorial presentado el 5 de junio de 2009 (fs. 117 a 118), solicitó se rechace la solicitud de promover el presente recurso, conforme a los siguientes argumentos: a) La existencia de la acción negatoria contenida en el art. 1455 del CC, es incuestionablemente insustituible; y b) El Decreto Ley cuestionado es inconstitucional en cuanto a su forma, pero en su contenido es absolutamente compatible con la Ley Fundamental.