AUTO CONSTITUCIONAL 0105/2012-CA
Fecha: 27-Feb-2012
I.1. Antecedentes
Por memorial presentado el 23 de julio de 2010, cursante de fs. 35 a 45, Zenón Silver Chura Mollinedo, Defensor de Oficio, interpuso recurso directo de nulidad, alegando que se disponga la nulidad de la Resolución 11/09 de 19 de marzo de 2009; pronunciada por Rosmery Pabón Chávez, Jueza de Instrucción en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por ser atentatoria al debido proceso; asimismo, pide la nulidad del Auto de Vista 49/2009 de 3 de noviembre, dictado por Aníbal Miranda Balboa, Juez de Partido Tercero en lo Penal del mismo Tribunal Departamental, del Auto Supremo 104/2010 de 17 de febrero, dictado por Gerardo Torrez Antezana y Ángel Aruquipa Chui, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por ser atentatoria a los derechos y garantías fundamentales.
- desistimiento
- I.1. Antecedentes
- la defensa gratuita o ad-honorem
- I.2. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- no cabe más que aceptar dicho desistimiento
- III.2. Análisis del caso concreto
- ACEPTAR el desistimiento