AUTO CONSTITUCIONAL 0115/2012-CA
Fecha: 27-Feb-2012
I.1. Antecedentes
Por memorial presentado el 23 de abril de 2010, cursante de fs. 20 a 24 vta., el recurrente refiere que, el “Reglamento para la Apertura, Modificación, Traslado, Fusión y Cierre de Unidades Educativas Privadas a Nivel Inicial, Primaria y Secundaria del Área de Educación Formal”, hubiese sido aprobado por Resolución Ministerial (RM) 046/2004, emitida por el Ministerio de Educación, que tendría competencia para el efecto, conforme a los arts. 177, 178 y 190 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg), 56 de la Ley de Reforma Educativa (LRE), 5 y 33 del Decreto Supremo (DS) 25232 de 27 de noviembre de 1998, 4 de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE) y 16 y 84 del el DS 28631 de 8 de marzo de 2006.
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- a)
- II.3. Análisis del caso concreto