Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0194/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
carece de contenido jurídico-constitucional,
Consecuentemente, al no cumplir con el requisito de contenido, el presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, carece de contenido jurídico-constitucional, que justifique una decisión sobre el fondo, correspondiendo el rechazo del mismo, conforme lo prevé el art. 33.I inc. 1) de la LTC.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
- II.5. Análisis del caso concreto
- carece de contenido jurídico-constitucional,
- APROBAR,