Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0194/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
rechazó
Mediante Resolución 93 de 9 de abril de 2010, la Jueza de Partido Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, rechazó el incidente argumentando que no justifica lo establecido en el inc. 3) del art. 60 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); es decir, no señala como la norma impugnada de inconstitucional podría afectar en la decisión del proceso.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
- II.5. Análisis del caso concreto
- carece de contenido jurídico-constitucional,
- APROBAR,