Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0210/2012-CA
Fecha: 23-Mar-2012
RECHAZAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año y por el art. 82 de la LTC, resuelve RECHAZAR el recurso directo de nulidad interpuesto por Santiago y Pablo ambos Alaca Amachuy, demandando la nulidad de la SAN S1º 47/2011 de 17 de octubre cursante de fs. 6 a 15 vta.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- Fragmento 3
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2. Atribución de la Comisión de Admisión y requisitos de admisibilidad
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 9
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