Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0225/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
al resolver un proceso judicial o administrativo en cualquiera de sus instancias, en la decisión final
En ese entendido, la acción de inconstitucional concreta constituye un proceso constitucional, a través del cual se somete a juicio de constitucionalidad una disposición legal confrontando sus normas con las de la Constitución Política del Estado, para determinar si hay contradicción en sus términos, con el objeto de realizar el control correctivo de la norma y así depurar del ordenamiento jurídico del Estado; en síntesis, lo que se busca es que al resolver un proceso judicial o administrativo en cualquiera de sus instancias, en la decisión final no se aplique una norma inconstitucional.