SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2012

Fecha: 16-Mar-2012

I.2.1. Ratificación de la acción

La accionante asistió a la audiencia y habiendo hecho uso de la palabra, su abogado fundamentó los extremos de su demanda, indicando que en una primera instancia, la accionante interpuso acción de libertad, que fue conocida por el Juez Segundo de Partido en lo Civil, mediante Sentencia 10/2011, declaró procedente la acción y sin ordenar la libertad de la accionante, la autoridad judicial dispuso, que las autoridades demandadas debían constituirse en audiencia, para resolver de forma fundamentada la apelación al auto de cesación de la detención preventiva presentada por la accionante. Determinación que no fue cumplida por los Vocales de la Sala Penal y Administrativa, Ponciano Ruiz Quispe y Germán Miranda Guerrero.