Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0016/2012-RCA
Fecha: 24-Abr-2012
rechazo
Consiguientemente, al declarar el rechazo de la acción de amparo el Tribunal de garantías actuó correctamente, por cuanto no se cumplió con los requisitos de contenido establecidos en el art. 77.4 y 6 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), lo que conlleva a un rechazo in limine.