Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0026/2012-RCA
Fecha: 25-Abr-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Los accionantes solicitan la tutela de su derecho al debido proceso; sin embargo, al haber sido declarada improcedente in límine la acción de tutela incoada, por el Tribunal de garantías; corresponde, que la Comisión de Admisión, en revisión, dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- , a los requisitos de admisión
- Fragmento 8
- es condición esencial que el recurrente señale con precisión, como requisito de contenido del amparo constitucional,
- APROBAR