Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0285/2012-CA
Fecha: 09-Abr-2012
rechazó
Por Resolución 02/2012 de 9 de marzo, cursante de fs. 85 a 88, la Jueza de Partido Segunda Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de la ciudad de La Paz, rechazó la acción de inconstitucionalidad, con los siguientes fundamentos: 1) Los accionantes no señalan de que manera la norma impugnada será aplicada en la decisión final del proceso; y 2) Los argumentos de los accionantes no generan duda razonable sobre la inconstitucionalidad de la norma impugnada, pues en el caso de autos no precisa cual la imposibilidad económica en su pago.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- aplicables a aquellos procesos.
- procederá en los procesos judiciales
- se evidencia que la demanda de inconstitucionalidad fue presentada en plena etapa investigativa, esto es antes de que se tenga conocimiento ya sea de la imputación formal o de la resolución de rechazo de la querella interpuesta en contra de los ahora solicitantes del incidente de inconstitucionalidad, lo que significa que ha sido planteada sin que aún exista proceso penal,
- APROBAR