AUTO CONSTITUCIONAL 0289/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0289/2012-CA

Fecha: 09-Abr-2012

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Los accionantes, por memorial presentado el 2 de marzo de 2012, cursante de fs. 74 a 80, interpusieron acción de inconstitucionalidad concreta, demandando la inconstitucionalidad del art. 10.II de la Ley 212; señalan que, la Jueza de la causa, dispuso por decreto de 5 de enero de 2012, que previo a admitir la demanda debía cumplirse la previsión normativa establecida en la norma hoy impugnada.

En su fundamentación, señalan que, la regla “solve et repete”, establecida por la norma impugnada, consistente en que el contribuyente que desee impugnar la determinación de adeudos tributarios por parte de la administración tributaria previamente deberá pagarlos, regla que según los accionantes ha sido declarada inconstitucional en otros países y considerado un retroceso en materia tributaria y derechos humanos.

Aseveran que, esta regla obstaculiza al contribuyente el derecho a impugnar, afectando la capacidad económica del mismo, limitando el acceso al contencioso tributario, impidiéndole pueda impugnar la resolución determinativa en sede jurisdiccional, vulnerando el principio de accesibilidad, inmediatez, debido proceso e igualdad, tutela judicial, inocencia, gratuidad, justicia e igualdad, apoyado en las SSCC 0999/2003, 2249/2010, 1098/2002, 1821/2010, 18704, 0009/2004.