AUTO CONSTITUCIONAL 0309/2012-CA
Fecha: 09-Abr-2012
II.5. Análisis del caso concreto
De los antecedentes presentados, se evidencia que si bien se demanda de inconstitucionales las RRAA de la ANB, que corresponden a RD-02-011-07 y RA-PE 02-22-08, por presuntamente vulnerar los arts. 13.III y V, 115.II y 410 de la CPE; sin embargo, el recurrente acusa de ilegal el informe evacuado por la Unidad de Lucha contra la Corrupción de la ANB, en base al cual se abrió proceso interno en contra suya, en el que se lesionó su derecho al debido proceso; es decir, que por una parte solicita se efectúe el control de constitucionalidad sobre dos Resoluciones expedidas por el Directorio de la ANB, pero no vincula a éstas con el derecho supuestamente lesionado, sino que asevera específicamente que fue el informe de la Unidad señalada el que atentó contra aquel derecho, extremo que demuestra el incoherencia con la que se formuló el presente recurso de inconstitucionalidad. Asimismo, se señala confusamente que el mencionado informe es el que tendrá relevancia en la decisión del proceso administrativo instaurado en contra suya, y no así las Resoluciones de Directorio impugnadas.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR