AUTO CONSTITUCIONAL 0318/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0318/2012-CA

Fecha: 09-Abr-2012

I.2. Respuesta a la acción

Corrido en traslado, por providencia de 13 de octubre de 2009, cursante de fs. 4 a la parte querellante, ésta contesta que, el recurrente ha demostrado el uso de actos procesales para dilatar el proceso, como la no presencia de su abogado a audiencia, extremo por el que en estricta aplicación del principio de celeridad y legalidad, el representante del órgano jurisdiccional designó defensor de oficio, solicitando sea rechazado in limine por carecer de fundamento legal.