AUTO CONSTITUCIONAL 0319/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0319/2012-CA

Fecha: 09-Abr-2012

I.2. Respuesta a la acción

Mediante memorial presentado el 14 de mayo de 2010, cursante a fs. 50 y vta., Miguel Ángel Sardán Díaz representante del SENAPE, respondió al presente de inconstitucional, argumentando que, se consolidó el derecho propietario del bien inmueble a favor del Fondo Complementario de la Seguridad Social, en estricto cumplimiento de las formalidades de rigor establecidas en el art. 452 del Código Civil (CC), teniendo toda la eficacia y valor legal. Por lo que solicitó su rechazo arguyendo que, no existió ninguna violación a la Constitución Política del Estado.