AUTO CONSTITUCIONAL 0337/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0337/2012-CA

Fecha: 16-Abr-2012

II.5. Análisis del caso

De los antecedentes presentados se evidencia que dentro del presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad se demanda de inconstitucional el art. 363 bis del CP, por presuntamente vulnerar los arts. 8, 116, 117, 178 y 410 de la CPE, sin efectuar una correcta fundamentación de inconstitucionalidad y su relevancia que con la norma legal impugnada en la decisión del proceso, limitándose a mencionar los preceptos constitucionales que consideran infringidos, incumpliendo manifiestamente lo determinado por el art. 60.3 de la LTC que, establece los requisitos de contenido del recurso, constituyéndose éste como un elemento esencial para la admisión del recurso, pues la omisión de esta exigencia ocasiona en primer término el rechazo.