AUTO CONSTITUCIONAL 0341/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0341/2012-CA

Fecha: 16-Abr-2012

rechazó

Por Resolución 326/2009 de 12 de Noviembre de 2009, cursante de fs. 94 a 95, pronunciada por la Jueza de Partido Sexto en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, se rechazó el recurso de inconstitucionalidad, toda vez que: la ejecución coactiva civil de garantías reales sobre créditos hipotecarios y prendarios, se constituye en proceso coactivo con régimen jurídico procesal de naturaleza especial o monitorio, diferente al proceso ordinario, con trámite especial, estableciendo en forma específica los medios de defensa que corresponden a los coactivados bajo los principios de preclusión y oportunidad, entendimiento acorde a las SSCC 0035/2000 y 0077/2000.