Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0342/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
I.2. Argumentos jurídicos del recurso
Señala que de acuerdo al art. 79 de la LTC, el recurso directo de nulidad, procede contra todo acto o resolución de quien usurpe funciones que no le competen, por lo que formula recurso directo de nulidad contra la Resolución de amparo constitucional 26 dictada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitando se admita el recurso y se ordene la suspensión de la sentencia de amparo.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2. Recurso directo de nulidad no procede dentro de las acciones tutelares
- II.3. Análisis del caso
- RECHAZAR