AUTO CONSTITUCIONAL 0381/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 10 de julio de 2010, cursante de fs. 6 a 8, dentro del proceso seguido por el Viceministerio de Telecomunicaciones por la presunta falta grave de no uso de sellos postales, Daniel Alejandro Sologuren Pecka en representación legal de DHL BOLIVIA S.R.L., manifiesta que el art. 23 del DS 29799, referido al procedimiento sancionatorio, es inconstitucional, siendo que omite dos etapas del proceso administrativo que se encuentran previstas en la “Ley 2341”.
Transcribe in extenso los arts. 21 al 24 de la RM 496 y párrafos de las Sentencias Constitucionales 491/2003 y 090/2006, con relación a la garantía del debido proceso y al proceso contencioso administrativo, señalando que los artículos impugnados han asignado al Viceministro de Telecomunicaciones como entidad a cargo del control, fiscalización, regulación sanción y decisión, por cuanto lo han investido de las cualidades de juez y parte, lo que “rompe” un principio elemental del derecho y por tanto atenta contra los derechos y garantías salvaguardados por la Constitución.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de admisibilidad
- Fragmento 7
- 1)
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR