AUTO CONSTITUCIONAL 0387/2012-CA
Fecha: 20-Abr-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
El recurrente, -hoy accionante- por memorial presentado el 6 de marzo de 2009, cursante de fs. 73 a 78 vta., interpuso recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad dentro del proceso social de reivindicación y pago, restitución de escala porcentual y reintegro del bono de antigüedad que sigue el Sindicato de Trabajadores Municipales contra la institución a la que pertenecen, manifestando que, se interpuso demanda laboral en base a una escala porcentual del bono de antigüedad entre el 10% al 75% y supuesto 25% confiscado por este ente Municipal a sus trabajadores, cuya cuantía asciende a la suma de Bs9 750 000.- (nueve millones “setecientos mil” bolivianos), afectando a la economía de la institución referida, escala porcentual que no fue homologada por el Ministerio de Trabajo, según lo determina la Ley de Organización de Poder Ejecutivo (LOPE), desconociendo los parámetros porcentuales establecidos en los Decretos Supremos (DDSS) 21060 de 29 de agosto de 1985 y 21137 de 30 de noviembre de igual año, que consolidan el salario básico y bonos existentes tanto en el sector público como privado, sea que se originen en convenios de parte, laudos arbitrales o en disposiciones legales.
Señaló, además que el art. 60 del DS 21060 estableció, como una única y nueva escala porcentual de pago del bono de antigüedad del 5% al 50% de acuerdo a los años de servicio en la institución, que no es la misma escala porcentual demandada, quienes prescindieron aplicar normas anteriores al DS 21060 que se encontraban en su momento vigentes como el DS 18985 de 14 de junio de 1982 y DS 20060 de 20 de febrero de 1984 y DS 20862 de 10 de junio de 1985; por lo que la escala porcentual propuesta por el Sindicato no se encuentra respaldada jurídicamente ni homologada, vulnerando la normativa constitucional señalada.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- admitió
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- aplicable a aquellos procesos.
- y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso”
- i)
- al resolver un proceso judicial o administrativo en cualquiera de sus instancias, en la decisión final
- II.3. Análisis del caso concreto