AUTO CONSTITUCIONAL 0394/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0394/2012-CA

Fecha: 20-Abr-2012

Fragmento 8

De los antecedentes presentados se evidencia que dentro del presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad se demanda el art. 34 del RPDPJ, sin señalar la norma constitucional supuestamente infringida menos realizar la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso, incumpliendo manifiestamente lo determinado por el art. 60.2 y 3 de la LTC, que advierte los requisitos de contenido del recurso, constituyéndose éstos como elementos esenciales para su admisión, pues la omisión de esta exigencia ocasiona en primer término el rechazo del mismo.