AUTO CONSTITUCIONAL 0409/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0409/2012-CA

Fecha: 20-Abr-2012

aplicable a aquellos procesos.

El recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, tiene la finalidad   de someter al control de constitucionalidad una disposición legal, de conformidad al art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), procede “…en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier generó de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos. Este recurso será promovido por el juez, tribunal o autoridad administrativa, de oficio o a instancia de parte” (las negrillas nos pertenecen).