AUTO CONSTITUCIONAL 0433/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0433/2012-CA

Fecha: 20-Abr-2012

Fragmento 8

De los antecedentes presentados se evidencia que dentro del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, no se realizó la fundamentación de la inconstitucionalidad  y  la relevancia que tendrá         la norma legal impugnada en la decisión del proceso, realizando simplemente la mención del precepto constitucional que considera infringido, incumpliendo manifiestamente lo determinado por el art. 60.3 de la LTC, que establece los requisitos de contenido del recurso, constituyéndose éste como un elemento esencial para la admisión del incidente, pues la omisión de esta exigencia ocasiona en primer término el rechazo del mismo.