AUTO CONSTITUCIONAL 0439/2012-CA
Fecha: 20-Abr-2012
consulta
En consulta la Resolución 682/2010 de 15 de noviembre, cursante de fs. 14 a 17, pronunciada por el Plenario del Consejo de la Judicatura -ahora Consejo de la Magistratura-, por lo que, rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -hoy acción de inconstitucionalidad concreta- formulado por Jazmín Pamela Caballero Flores, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 3, 4.I y III, 5, 6, 9, 11, 13, 14, 19, 21, 23, 24, 34, 46, 47, 92, 100, 103, 104 y 107 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial (RPDPJ) aprobado por Acuerdo 329/2006 de 19 de septiembre, por presuntamente vulnerar los arts. 158.I.3, 228 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 39 al 56 de la Ley del Consejo de la Judicatura (LCJ).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso”
- Fragmento 8
- La omisión de estos requisitos ocasiona en primer término, el rechazo del recurso por la autoridad que conoce la causa principal
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
- APROBAR