AUTO CONSTITUCIONAL 0442/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0442/2012-CA

Fecha: 20-Abr-2012

II.3.  Análisis del caso concreto

En el caso que nos atañe, los accionantes dentro del proceso coactivo civil seguido en su contra demandan la inconstitucionalidad de los arts. 48, 49, 50 y 51 de la LAPCAF, arguyendo que las referidas disposiciones legales cuestionadas no establecen los mecanismos legales de impugnación en caso de emitirse la resolución final; es decir, no establecen el recurso de apelación, afectando a su derecho a la defensa y al debido proceso.

En ese contexto y conforme los datos aparejados al expediente, se tiene que los preceptos legales cuestionados carecen de relevancia, ya que en el proceso coactivo civil no existe instancia pendiente de resolución en la que las normas jurídicas impugnadas sean aplicadas; es más la decisión final en el proceso de referencia ya fue emitida y pese haber sido notificados con la Resolución 28/2012 de 6 de febrero (fs. 18 y vta.), los accionantes no activaron ningún medio de defensa dispuesto en el art. 49.III de la LAPCAF.