AUTO CONSTITUCIONAL 0462/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0462/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

II.3.  Análisis del caso concreto

En el caso que se analiza, el incidentista señala que la Agencia Nacional de Hidrocarburos Cochabamba, emitió las RRAA 0225/2011 y 467/2011, ordenando la obligación de cumplir con la sanción pecuniaria impuesta en su contra del pago de Bs. 28823,81 (veintiocho mil ochocientos veintitrés 81/100 bolivianos), proceso administrativo desarrollado al amparo del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el SIRESE en el que -según el recurrente- la Agencia Nacional de Hidrocarburos se encontraba sin competencia por aplicación del DS 29894, norma que dispuso la extinción de las Superintendencias sectoriales del SIRESE y el cambio de denominación de la Superintendencia de Hidrocarburos ahora Agencia Nacional de Hidrocarburos, transgrediendo el principio de seguridad jurídica, derechos y garantías constitucionales.