Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0498/2012-CA
Fecha: 27-Abr-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de13 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, resuelve APROBAR la Resolución de 3 de diciembre de 2011, cursante de fs. 15 a 17 vta., pronunciada por el Juez de Partido Tercero en lo Civil y Comercial de la ciudad de Cochabamba; y, en consecuencia RECHAZAR la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad interpuesta por Félix Valverde Paniagua, por sí y en representación legal de Freddy Valverde Paniagua y Betty Valverde Paniagua.
- consulta
- ,
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- 3.
- II.4. Análisis del caso concreto
- si no se especifica el precepto constitucional supuestamente infringido
- APROBAR