AUTO CONSTITUCIONAL 0511/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0511/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial presentado el 1 de julio de 2009, cursante de fs. 11 a 14 vta., el recurrente interpuso el recurso indirecto   o   incidental  de  inconstitucionalidad -hoy acción de inconstitucionalidad concreta-, dentro del proceso administrativo en su contra, demandando la supuesta inconstitucionalidad de los artículos del Decreto Supremo 23318-A de 3 de noviembre de 1992, modificado por el Decreto Supremo 26237 de 29 de junio de 2001, por la vulneración Constitucional, en la que manifiesta que la tramitación y resolución de los recursos de revocatoria y jerárquico en los procesos internos administrativos, se realizan ante funcionarios y autoridades administrativas de la misma institución; siendo que tienen un vínculo de dependencia directa, en aplicación al art. 61 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), presenta el recurso, considerando que la norma impugnada viola el derecho a la “seguridad jurídica”, juez natural e imparcial y al debido proceso, consagrados en la Constitución Política de Estado, la Convención Americana de Derechos Humanos. El hecho de concentrar el proceso interno, sus mecanismos de impugnación en un círculo administrativo controlado por la misma autoridad, que designa al sumariante, y ésta misma, solicita el inicio del proceso interno, es a la vez quien resuelve el recurso jerárquico, razón por la que no existen las garantías mínimas de un resultado imparcial, ni de un justo proceso, de esta forma vulnerando el principio de imparcialidad, ecuanimidad y equidad que deben regir en todo proceso.