Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2012-RCA
Fecha: 17-May-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante estima vulnerados sus derechos constitucionales a la privacidad, intimidad, propia imagen, dignidad, libertad, debido proceso y a una justicia, previstos en los arts. 21.2, 22 y 115 de la CPE; sin embargo, al haber sido rechazado in limine por el Tribunal de garantías, corresponde, que la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.