Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0534/2012-CA
Fecha: 08-May-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, resuelve APROBAR la Resolución 307/2009 de 23 de noviembre, cursante de fs. 92 a 93 vta., pronunciada por el Juez de Sentencia Cuarto de la ciudad de Santa Cruz; y, en consecuencia, RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, interpuesto por Oscar Apolinar Villarreal Terrazas.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I
- II.2 Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de precedencia y contenido del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- por una sola vez
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR