AUTO CONSTITUCIONAL 0534/2012-CA
Fecha: 08-May-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Mediante memorial de 23 de noviembre de 2009, cursante de fs. 84 a 85, Oscar Apolinar Villarreal Terrazas, en calidad de propietario de una agencia despachante de aduanas, interpone recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad ante el Juez de Sentencia Cuarto de la ciudad de Santa Cruz contra el “principio de continuidad”, dentro el proceso penal seguido a querella del Fondo Financiero Privado para el Fomento a Incentivos Económicos FFP-FIE S.A. en su contra por el delito de giro de cheque en descubierto, por considerar que vulnera los arts. 109, 110, 115, 116, 117.III, 119, 120, 121 y 127 de la CPE.
Al respecto, el recurrente, hoy accionante indica que resultado de una gestión rutinaria realizada por un empleado de su empresa, relativo al pago de operaciones y aprovechando de su confianza, giró un cheque con una suma no prevista, a favor del FFP-FIE, sin que exista vínculo comercial alguno, resultado del cual, éste patrocinó la apertura del proceso.
En ese marco, especifica que se efectuaron varias audiencias públicas en las que el Juzgador, aplicó innumerables veces el principio impugnado, conculcando sus derechos al debido proceso a la defensa, además de demostrar parcialidad a favor de la contraparte. Asimismo, enfatiza que el proceso fue precluido y se cerraron plazos a fin de lesionar su derecho a presentar testigos compulsados.
Concluye señalando que el Juez inició el trámite del proceso penal con la advertencia constante del “principio de continuidad” pero con manifiesta parcialidad a favor de la contraparte, con a que se encuentra en desproporción y desigualdad por tratarse de una entidad financiera, negándole la opción de una amplia defensa por tratarse de un proceso de acción directa, es decir sin el cuadernillo de investigación, omitiendo la importancia de diligencias vinculadas al mismo proceso y que estarían en dependencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen, además de dar lugar a que la parte querellante obstaculice la averiguación de la verdad.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I
- II.2 Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de precedencia y contenido del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- por una sola vez
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR