Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0536/2012-CA
Fecha: 08-May-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año; dispone, APROBAR con otros fundamentos, la Resolución 184/09 de 14 de noviembre de 2009, cursante de fs. 20 a 23 vta., pronunciada por el Juez de Sentencia Octavo de la ciudad de Santa Cruz; y, en consecuencia RECHAZAR la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad planteada por José Sánchez Arena.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechaza
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso
- i)
- II.4. Análisis del caso concreto
- si no se especifica el precepto constitucional supuestamente infringido
- APROBAR