AUTO CONSTITUCIONAL 0546/2012-CA
Fecha: 08-May-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 10 de septiembre de 2009, cursante de fs. 30 a 36 vta., los recurrentes solicitan promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad hoy -acción de inconstitucionalidad concreta-, dentro de un proceso coactivo civil seguido a instancia de Hermas Márquez Ríos y Lenny Laura Pinto de Márquez; manifestando que el referido proceso no ha previsto ningún mecanismo de defensa que debe asistir al adquirente de un bien hipotecado, vulnerando así los derechos a la defensa, al debido proceso, “seguridad jurídica”, a la propiedad privada y a la dignidad de las personas.
Señalan que la seguridad jurídica es el valor supremo y principal justificación del Estado mismo, puesto que a través de este, las personas pueden vivir con mayor paz y tranquilidad, pues la constitucionalidad y la legalidad amparan sus derechos y deberes fundamentales, de manera que ellos no estén sujetos a ningún tipo de arbitrariedades, sino que más bien, en virtud de esa seguridad las personas conocen con anticipación y certeza el panorama de sus derechos y obligaciones, por lo que ahora recurrentes saben que ninguna ley puede disponer lo contrario de sus garantías y derechos fundamentales constitucionalmente garantizados y amparados.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de admisibilidad
- II.4. El caso en análisis
- APROBAR