AUTO CONSTITUCIONAL 0563/2012 CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0563/2012 CA

Fecha: 11-May-2012

2)

2) En el caso en concreto se verifica que se presentó una demanda de nulidad de acta de transacción de armonía, suscrita ante el agente municipal del cantón Tarucachi, a quien se observa su competencia y jurisdicción, demanda que es presentada ante el Juzgado de Instrucción Mixto, quien de la revisión de antecedentes remite el expediente ante el Juez Agrario ambos de la misma Localidad. Donde el juez agrario asumió conocimiento y argumentó no tener competencia para resolver dicho proceso por no estar contemplado en el marco legal que delimitan sus competencias y menos aun esta le faculta la nulidad de documentos, por lo que considera que es la Juez declinante quien tiene competencia para resolver el presente proceso.