AUTO CONSTITUCIONAL 0563/2012 CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0563/2012 CA

Fecha: 11-May-2012

3)

3) Ante estos antecedentes el presente proceso es remitido ante la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, los mismos que una vez analizado de proceso argumentan no tener competencia para resolver el conflicto de competencias suscitado, declinando competencias a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, quienes de la revisión de antecedentes y análisis del mismo manifiesta tener competencia para dirimir conflictos de competencias suscitados entre Tribunales Departamentales de Justicia y de juezas y jueces de distinta circunscripción departamental empero esta sólo se aplica para la resolución de conflictos que se susciten entre jueces de jurisdicción ordinaria y que no comprometa definir competencias respecto a otras materias especializadas como la agroambiental.