SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2012
Fecha: 04-May-2012
I.1.1. Fundamentos de hecho que la motivan la acción
Señala el accionante que es propietario del vehículo con placa 2750 NFY de la línea “E” del Sindicato de Transportes “Perla del Acre” y que el 22 de febrero de 2012, “Enrique” Carmona Enriquez (demandado), Secretario General de dicho Sindicato, puso de manera verbal la suspensión de servicio del vehículo sin razón alguna.
Añade que mediante oficio de 23 del mismo mes y año, solicitó al demandado le haga conocer los motivos de dicha suspensión; sin embrago, en lugar de obtener una respuesta, una vez más, el citado Secretario General del Sindicato de Transportes, en forma verbal dispuso también la suspensión del servicio de su otro vehículo de la línea de trufis del Grupo “Los intocables”, quedando hasta la fecha sin poder trabajar.